"Cambiemos la Mirada Técnica, por una Mirada más Integral"

 El siguiente texto es el que finaliza con el seminario de TIC en Educación Especial, la propuesta hecha por la docente fue elegir un área dentro de la sociedad para hacer nuestro propio análisis acerca de la producción de accesibilidad en contexto.

Dicho análisis se centrará en el Certificado Único de Discapacidad (CUD), el cual es emitido por la Junta Evaluadora, por lo que reflexionaré acerca del lugar en el que está ubicado y las posibilidades con las que cuentan las personas que van a realizar el trámite.

Para ello, es necesario saber que en Rio Negro, en virtud de lo normado por la Ley 2.055, es el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad, el que, a través de un sistema de Juntas Evaluadoras, es el único órgano facultado para certificar la discapacidad.

Se encuentra ubicado en el Hospital de Villa Regina, que pertenece al área de salud pública, ya que desde este organismo se le cedió un lugar para que puedan poner su oficina. En cuanto a su dependencia, podríamos decir que pertenece al Ministerio de Desarrollo Humano de Deporte y Cultura de la Provincia y particularmente lo coordina la Subsecretaría de Políticas Públicas para las Personas con Discapacidad de la Provincia de Río Negro.

De mi experiencia del tránsito por este lugar puedo describir que cuando llego al lugar (experiencia propia) tomo conocimiento de que la oficina estaba ubicada en el primer piso del Hospital, lo primero que noto es que no había ningún tipo de señalización que indicara donde se encontraba la oficina, el ascensor (el cual podemos decir que brindaría posibilidades de accesibilidad para usuarios de sillas de ruedas, personas mayores o con movilidad reducida tampoco se encontraba señalizado, así también se presentarían barreras para personas no videntes ya que no podría ir sola en un ascensor si no tiene Voz de anuncio, pulsadores táctiles, pantalla braille o algún otro dispositivo tecnológico accesible. Similares barreras se presentan para una PCD auditiva o cognitiva ante la ausencia de accesibilidad.

 En este sentido, si una persona con discapacidad visual, auditiva o cognitiva quiere hacer el trámite, debe hacerlo acompañado de un familiar o tutor, porque no se visibiliza producción de accesibilidad que pueda ayudar a las personas para que realicen su trámite de la manera más autónoma posible.

¿En qué lugar podemos ubicar el desarrollo de su autonomía para realizar un trámite tan común como el CUD, cuando tenemos que pedirles que vengan acompañados por otras personas, porque no estamos capacitados para tratar directamente con la persona? ¿Tendrán todas las mismas discapacidades que solo piensan en el ambiente físico y no relacional?

Las respuestas quedan para el lector, solo propongo que como sociedad tomemos en cuenta y desnaturalicemos lo que consideramos “normal” dentro de los entornos en los que participamos, social o instituciones, promoviendo que todos gocemos de una vida plena y con derechos y las oportunidades sean las mismas para todos. 

Tenemos conocimiento que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006) establece en el Artículo 19 el derecho de las personas con discapacidad a vivir de forma independiente y ser incluidos en la comunidad y en el Artículo 3, establece los principios generales de la Convención, incluyendo la autonomía y la independencia de las personas con discapacidad.

Y, además, la Convención establece que los Estados parte deben garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso a la educación, la salud, el empleo y la participación en la vida política y pública, lo que es fundamental para la vida plena y autónoma.

De dicha Convención podemos desprender cierto análisis sobre nuestra sociedad y las posibilidades de vida plena que garanticen el ejercicio de los derechos de todas las personas, incluidas las personas con discapacidad.

Cuando ingresamos a la oficina donde se realizan los CUD, quien nos recibe para dar la entrevista, es una persona que pertenece a la junta evaluadora, nos comenta que desde hace tiempo se intenta buscar “otro” lugar, que sea de planta baja para que las PCD puedan ubicarse fácilmente y sea más “accesible”. 

Desde esta mirada, puedo desprender la comprensión generalizada que existe en cuanto a la accesibilidad y su mirada técnica, considerando que la accesibilidad puede resumirse a cuestiones físicas y arquitectónicas; mientras que lo que proponemos es una mirada integral de la accesibilidad que pueda identificar todas las dimensiones de este concepto multidimensional (comunicacionales, programáticas, instrumentales, tecnológicas, cognitivas y también arquitectónicas) 

¿Por qué no pensamos en incluir a todas las personas cuando hablamos de mejorar un espacio? Nos enfocamos en pensar que las barreras pasan siempre por lo físico o arquitectónico, pero no. También existen barreras actitudinales, tecnológicas etc. que las encontramos en cosas tan simples, como salir a comprar a la esquina de nuestra casa. Muchas veces, sólo se trata de micro acciones que pueden garantizar una vida plena.

Como sociedad debemos estar dispuestos a brindar los apoyos que garanticen una comunidad que hospede a todas las personas, ya que todos tenemos derecho. 

Como manera de cierre podemos tomar propuestas del Diseño Universal de Roberte Mace (1980) para producir accesibilidad y diseñar entornos y objetos que sean utilizables por todas las personas como:   

  • Suelos suaves en las vías de acceso a los edificios.
  • Puertas interiores espaciosas.
  • Baños adaptados.
  • Botones en los tableros de control que se puedan distinguir por el tacto.
  • Iluminación brillante y apropiada.
  • Subtitulado en tiempo real en televisión.
  • Teclas y números grandes en los teléfonos

Esta publicación, pretende ser un análisis crítico de las políticas públicas que se diseñan y se aplican para colectivos vulnerables, ya que las mismas, precisamente, no atienden a las características de esa población.

Autora: Novoa, Tisiana

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Bibliografía: 

 

·       Pastor, A; Sanchez Serrano y Zubillaga del Rio (2013). Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA). https://www.educadua.es/doc/dua/dua_pautas_intro_cv.pdf

  • ONU. Naciones Unidas (2006). Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Treaty Series, 2515, 3 .

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